19/05/2026

Una interesante Declaración internacional: recordatorio de los desafios mundiales en materia de migraciones internacionales.

Una interesante Declaración internacional: recordatorio de los desafios mundiales en materia de migraciones internacionales.

El objeto de esta entrada es realizar una reseña de la Declaración de Progreso del Foro de Examen de la Migración Internacional celebrado en Naciones Unidas, en Nueva York, entre el 5 y el 8 de mayo de 2026.

En un Comunicado de prensa tiulado Governments Review Migration Priorities in New York del 8 de mayo de la Organización Internacional de Migraciones (IOM),se daba información sobre el encuentro de Gobiernos en la sede de Naciones Unidas en Nueva York, en el marco del Foro para el Examen de la Migración Internacional. Uno de los objetivos principales de dicho Foro ha sido reexaminar el Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular, adoptado por Naciones Unidas en el año 2018.

En un Comunicado de prensa del 8 de mayo de la Organización Internacional de Migraciones (IOM),se daba información sobre el encuentro de Gobiernos en la sede de Naciones Unidas en Nueva York, en el marco del Foro para el Examen de la Migración Internacional, convocado bajo los auspicios de la Asamblea General de aquella organización internacional. Uno de los objetivos principales de dicho Foro ha sido reexaminar el Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular, adoptado por Naciones Unidas en el año 2018.

En dicho evento, se adoptó una Declaración de Progreso del Foro de Examen de la Migración Internacional, que es la que paso a reseñar.

En el preámbulo de la Declaración se realizan algunas afirmaciones que filtro en esta entrada de blog acogiendo las que considero más interesantes:

a) Los Jefes de Estado y de Gobierno y Altos Representantes, reunidos en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York del 5 al 8 de mayo de 2026 con ocasión del segundo Foro de Examen de la Migración Internacional, reafirman el Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular, también conocido como el Pacto de Marrakech sobre Migración.

b) Reconocen que todas las personas migrantes, con independencia de su situación migratoria, son titulares de derechos humanos, y reafirman la necesidad de proteger su seguridad y su dignidad.

c) Recuerdan que el Pacto Mundial constituye un marco de cooperación no jurídicamente vinculante que fomenta la cooperación internacional entre todos los actores relevantes en materia migratoria, reconociendo que ningún Estado puede abordar por sí solo la migración, y que respeta tanto la soberanía de los Estados como sus obligaciones conforme al derecho internacional. La declaración también recuerda que el Pacto Mundial se basa en el derecho internacional de los derechos humanos y defiende los principios de no regresión y no discriminación.

A continuación, la Declaración lista una serie de consideraciones en función de las Mesas del Foro donde se han debatido los objetivos del Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular de Naciones Unidas.

1. Sobre la Mesa redonda 1 en la que se discutían los 2, 5, 6, 12 y 18 del Pacto, se afirma que:

a) Los Jefes de Estado y de Gobierno “observan” que los factores adversos y estructurales que obligan a las personas a abandonar su país de origen siguen sin abordarse de manera suficiente, por ello “reconocen” que sigue siendo crucial crear condiciones políticas, económicas, sociales y medioambientales favorables que permitan a las comunidades y a las personas vivir con seguridad y dignidad en sus propios países.

b) “Observan” que las vías regulares para la admisión de personas migrantes siguen siendo limitadas, especialmente para las personas migrantes en situación de vulnerabilidad, en particular en materia de reunificación familiar y por razones humanitarias, debido a procedimientos complejos, costosos y desiguales, mientras que los sistemas fragmentados de identidad, datos y gestión de fronteras dificultan enfoques previsibles, con pleno respeto de los derechos humanos, en todas las etapas de la migración.

c) “Reconocen” el valor y la dignidad del trabajo de todas las personas trabajadoras migrantes, incluidas las mujeres migrantes trabajadoras, en todos los sectores, y “subrayan” la importancia de promover condiciones laborales justas y trabajo decente, así como de respetar las normas internacionales del trabajo.

En este punto, es de interés destacar que se reconocen en la Declaración las persistentes carencias a la hora de facilitar mecanismos de contratación justos y éticos y de salvaguardar condiciones que garanticen trabajo decente para las personas trabajadoras migrantes, como demuestra la continua concentración de muchas de ellas —incluidas las trabajadoras migrantes del hogar y de los cuidados, en su mayoría mujeres— en la economía informal y en empleos mal remunerados excluidos de la protección del derecho laboral, lo que incrementa los riesgos de precariedad y de explotación laboral.

2. Sobre la Mesa redonda 2, en la que se discutían los Objetivos 4, 8, 9, 10, 11, 13 y 21 del Pacto, se acogen, entre otras, las siguientes afirmaciones:

a) Se señala por la Declaración la necesidad de reforzar las medidas destinadas a combatir el fraude de identidad así como la necesidad de redoblar los esfuerzos para eliminar los obstáculos a la obtención de prueba de identidad jurídica y reducir la apatridia, entre otras vías mediante la erradicación de todas las formas de discriminación, el suministro de la documentación previa necesaria y la eliminación de lagunas en el acceso a los sistemas de registro e identidad.

b) Los Jefes de Estado y de Gobierno reafirmen el compromiso de cooperar internacionalmente para salvar vidas y prevenir muertes, desapariciones y lesiones de personas migrantes, con el objetivo primordial de proteger su derecho a la vida.

c) Los Jefes de Estado y de Gobierno “acogen” favorablemente la expansión de enfoques integrados de gestión de fronteras, con pleno respeto de los derechos humanos, sustentados en la modernización de los sistemas de gestión fronteriza, si bien “reconocen”, sin embargo, que persisten importantes desafíos.

d) Observan que algunos Estados Miembros están concluyendo cada vez más acuerdos bilaterales destinados a prevenir la migración irregular y gestionar el retorno de personas migrantes en situación irregular a terceros países. En este marco, la Declaración afirma que tales acuerdos han suscitado, en algunos casos, preocupación al poner de relieve carencias en el respeto de los derechos humanos y en la gobernanza migratoria. Prosigue la Declaración expreando que, cuando existan, dichos acuerdos deberán ajustarse en todo momento y plenamente a las obligaciones derivadas del derecho internacional de los derechos humanos, garantizando que estos derechos sean protegidos y que no se produzcan violaciones de derechos humanos.

e) Los Jefes de Estado y de Gobierno “reconocen” que persisten desafíos en la prevención y lucha contra el tráfico ilícito de migrantes, incluida la persistencia y creciente sofisticación de las redes de delincuencia organizada y de la criminalidad organizada transnacional, la limitada disponibilidad de datos y las nuevas formas de explotación, entre ellas las estafas en línea y la criminalidad forzada.

3. En relación a la Mesa redonda 3, atinente a los Objetivos 14, 15, 16, 19, 20 y 22 del Pacto, se expresan declaraciones relevantes, algunas de las cuales quisiera destacar:

a) En la Declaración se ha hace referencia a que si bien se han ampliado los esfuerzos para promover un acceso seguro, asequible y no discriminatorio a los servicios básicos y los sistemas nacionales de salud, los Jefes de Estado y de Gobierno observan con preocupación que muchas personas migrantes siguen enfrentándose a barreras estructurales, jurídicas, prácticas y lingüísticas para acceder de forma segura a dichos servicios.

b) También se señala en la Declaración que si bien las personas migrantes y sus familiares continúan afrontando obstáculos para acceder a la protección social, incluidos los pisos de protección social, y el número limitado de acuerdos de seguridad social dificulta la portabilidad de las prestaciones, los Jefes de Estado y de Gobierno también “observan” avances por parte de algunos Estados Miembros en la extensión de la protección social a las personas migrantes y sus familias, entre otras vías mediante nuevas ratificaciones del Convenio sobre la Seguridad Social (Norma mínima),1952 (núm. 102) de la Organización Internacional del Trabajo, nuevos marcos regionales de portabilidad y una mayor inclusión de las personas migrantes en los sistemas y regímenes de protección social, de conformidad con los marcos jurídicos, contributivos e institucionales aplicables en cada Estado.

4. En la Mesa redonda 4, con competencias para discutir los objetivos 1, 3, 7, 17 y 23 del Pacto, se hacen afirmaciones como las siguientes:

a) Los Jefes de Estado y de Gobierno “acogen con satisfacción” la ampliación de las medidas de protección de los derechos humanos de las personas migrantes en situación de vulnerabilidad, reflejada en la mejora de los sistemas de identificación y derivación, el acceso a servicios básicos seguros y asequibles, las medidas que facilitan a las personas migrantes en situación irregular el acceso a una evaluación individual que pueda conducir a una situación regular, y las medidas que favorecen la inclusión y reducen los riesgos asociados a la irregularidad, como la explotación laboral, el robo salarial y las condiciones de trabajo abusivas. Sin embargo, la Declaración añade que los sistemas de protección siguen siendo desiguales y cuentan con recursos insuficientes, mientras que el acceso a servicios básicos seguros y asequibles sigue viéndose limitado por elevados costes administrativos y exigencias documentales excesivamente gravosas. Además, las nuevas formas de explotación, incluidas las facilitadas por las tecnologías digitales, plantean riesgos nuevos y cambiantes.

b) Los Jefes de Estado y de Gobierno “acogen con satisfacción” la intensificación de los esfuerzos de los Estados Miembros y de las partes interesadas, con el apoyo de las entidades de las Naciones Unidas, para eliminar todas las formas de discriminación, desmontar narrativas engañosas sobre la migración y promover un discurso público basado en la evidencia que contribuya a conformar la percepción social sobre la migración.

En esta marco, la Declaración “subraya” la necesidad de visibilizar el papel significativo y las contribuciones positivas de las personas migrantes y de las diásporas. No obstante, como expresa la Declaración, siguen estando ampliamente extendidas manifestaciones sistemáticas de intolerancia, xenofobia, racismo y otras formas múltiples e interseccionales de discriminación, así como prácticas de perfilado racial, étnico y religioso de las personas migrantes, la desinformación y el estigma contra las personas migrantes y contra quienes pertenecen a minorías étnicas y religiosas.

5. Finalmente, en la Declaración se recoge un apartado de “Recomendaciones de implementación futura”, entre las que se encuentran las siguientes:

42) Los Jefes de Estado y de Gobierno se comprometen a respetar, proteger y hacer efectivos los derechos humanos y las libertades fundamentales de todas las personas migrantes, incluidas las mujeres y los niños, con independencia de su situación migratoria, y a abordar la migración internacional mediante la cooperación y el diálogo internacional, regional o bilateral, así como mediante un enfoque integral y equilibrado, reconociendo las funciones y responsabilidades de los países de origen, tránsito y destino en la promoción y protección de los derechos humanos de todas las personas migrantes, y garantizando que su legislación, sus políticas migratorias y sus prácticas no sean discriminatorias y sean conformes con sus obligaciones internacionales aplicables en materia de derechos humanos, a fin de evitar enfoques que puedan crear o agravar situaciones de vulnerabilidad para las personas migrantes.

43) Los Jefes de Estado y de Gobierno declaración que “reforzarán” los esfuerzos para ampliar y diversificar la disponibilidad de vías de migración segura, ordenada y regular de manera que faciliten la movilidad laboral y el trabajo decente, en consonancia con las realidades demográficas y de los mercados de trabajo, entre otras medidas mediante el fortalecimiento de los sistemas de desarrollo y reconocimiento de competencias, la prohibición de que reclutadores y empleadores cobren o trasladen a las personas trabajadoras migrantes las tasas de contratación y los costes relacionados, y también de manera que faciliten la movilidad por motivos de estudio e investigación, por razones humanitarias, para la reunificación familiar y la regularización, conforme a las leyes nacionales y con especial atención a las personas migrantes en situación de vulnerabilidad. Tales vías deberán promover la efectividad del derecho a la vida familiar y a la unidad familiar y salvaguardar el interés superior del niño.

44) Los Jefes de Estado y de Gobierno se comprometen a reforzar los sistemas de identificación jurídica y a prestar asistencia en la identificación y documentación de nuestros nacionales en el extranjero.

45) Los Jefes de Estado y de Gobierno se comprometen a hacer operativas las recomendaciones del Secretario General destinadas a reforzar la cooperación en relación con las personas migrantes desaparecidas, la prestación de asistencia humanitaria a las personas migrantes en peligro y la garantía de acceso a la justicia, de conformidad con los principios humanitarios, entre otras vías mediante la colaboración con actores humanitarios, el refuerzo de la coordinación transfronteriza, la mejora de la recopilación de datos y del intercambio de información, con respeto al derecho a la privacidad y a la protección de los datos personales, y la garantía de respuestas previsibles y sensibles a la protección a lo largo de rutas migratorias peligrosas, tanto terrestres como marítimas; asimismo, alentamos a los Estados a aplicar dichas recomendaciones y a informar sobre su implementación a escala mundial y regional.

46) Los Jefes de Estado y de Gobierno se comprometen a reforzar los esfuerzos para prevenir, combatir y erradicar las distintas formas de trata de personas, incluida la trata con fines de trabajo forzoso y criminalidad forzada, en el contexto de la migración internacional, particularmente en entornos marcados por la violencia vinculada a la delincuencia organizada transnacional, mediante una cooperación reforzada, el enjuiciamiento de los responsables, el intercambio de información conforme a las leyes nacionales sobre privacidad de datos y una identificación y protección efectivas de las víctimas, así como mediante apoyos sensibles al género y a la infancia que garanticen el acceso a la justicia, a recursos efectivos y a medidas para su recuperación física, psicológica y social, evitando en todo caso la criminalización de las personas objeto de trata.

47) Los Jefes de Estado y de Gobierno se comprometen a intensificar la acción conjunta para prevenir y combatir el tráfico ilícito de migrantes, con pleno respeto de sus derechos humanos, y para proteger la vida de las personas migrantes, garantizar un acceso seguro y efectivo a la justicia y desarticular las redes dedicadas al tráfico ilícito.

48) Los Jefes de Estado y de Gobierno “subrayan” la importancia de garantizar que todos los procesos de retorno y readmisión se lleven a cabo con pleno respeto de los derechos humanos de las personas retornadas, con las debidas garantías para asegurar que los retornos sean seguros y dignos, así como para garantizar el debido proceso, la evaluación individual y un recurso efectivo, entre otras medidas mediante el respeto de la prohibición de las expulsiones colectivas; y reafirmamos nuestro compromiso de asegurar que todos los nacionales sean debidamente recibidos y readmitidos, de conformidad con la obligación de los Estados de readmitir a sus propios nacionales..

49) Los Jefes de Estado y de Gobierno alientan el uso de las tecnologías digitales y de la infraestructura pública digital en la gestión migratoria y fronteriza de una manera compatible con las obligaciones derivadas del derecho internacional, incluido el derecho internacional de los derechos humanos, con las debidas salvaguardias en materia de derechos humanos, así como con garantías técnicas, regulatorias, jurídicas y éticas adecuadas.

50) Los Jefes de Estado y de Gobierno se comprometen a elaborar políticas y legislación migratorias nacionales sensibles al género y a la infancia, en consonancia con las obligaciones pertinentes del derecho internacional para respetar, proteger y hacer efectivos los derechos humanos de todas las mujeres y todos los niños migrantes, en particular de las niñas, con independencia de su situación migratoria. A este respecto, la Declaravción “subraya” la importancia de garantizar la participación plena, igualitaria y significativa de las mujeres en la formulación y aplicación de las políticas migratorias, reconociendo al mismo tiempo su autonomía, capacidad de decisión y liderazgo.

51) Los Jefes de Estado y de Gobierno se comprometen a prevenir y eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres y niñas migrantes, incluida la violencia sexual y de género, la violencia doméstica y la explotación, en todos los contextos migratorios, incluidas las fronteras, el tránsito, la detención, los lugares de trabajo y el ámbito privado. En este sentido, nos comprometemos además a garantizar el acceso a servicios de protección centrados en las víctimas y supervivientes, sensibles al género, incluidos mecanismos seguros de denuncia, asistencia jurídica, la atención sanitaria necesaria y apoyo psicosocial, así como acceso a la justicia, con independencia de la situación migratoria y con pleno respeto de los derechos humanos y del debido proceso.

52) La Declaración también contiene un compromiso a dar prioridad a alternativas no privativas de libertad frente a la detención, de conformidad con las obligaciones del derecho internacional, y a adoptar un enfoque plenamente respetuoso de los derechos humanos respecto de cualquier detención de personas migrantes.

53) Se recoge el compromiso de “examinar” los avances y desafíos en los esfuerzos encaminados a poner fin a la práctica de la detención de niños en el contexto de la migración internacional.

54) La Declaración “reafirma” el compromiso de garantizar que todas las personas migrantes, con independencia de su situación migratoria, puedan ejercer sus derechos humanos mediante un acceso seguro a los servicios básicos. En este marco, los Jefes de Estado y de Gobierno se comprometen a reforzar los esfuerzos para eliminar los obstáculos que impiden a las personas migrantes acceder de manera segura a los servicios básicos, incluida la atención primaria de salud esencial y la educación, y a integrar las necesidades de salud física y mental de las personas migrantes, incluidas las mujeres y niñas migrantes, en los sistemas, políticas y planes de salud nacionales y locales.

55) Los Jefes de Estado y de Gobierno se proponen facilitar el acceso a la protección social de las personas trabajadoras migrantes y de sus familias, entre otras medidas abordando las barreras jurídicas y prácticas que dificultan su cobertura, y considerar la portabilidad de los derechos de seguridad social aplicables y de las prestaciones devengadas mediante acuerdos bilaterales y multilaterales.

56) También se comprometen a redoblar nuestros esfuerzos para reducir, de aquí a 2030, el coste medio de las transacciones de remesas de los migrantes a menos del 3 por ciento de las cantidades transferidas, entre otras vías mediante una mayor cooperación regulatoria y una mayor implicación de las instituciones financieras y del sector privado para promover la transparencia, la competencia y la asequibilidad, así como a trabajar para eliminar otros costes o comisiones de servicio que gravan de manera desproporcionada las transferencias de escaso importe.

57. Finalmente, la Declaración contiene un compromiso de eliminar todas las formas de discriminación, incluido el racismo, el racismo sistémico, la discriminación racial, la xenofobia y la intolerancia conexa, la estigmatización, los discursos de odio, los delitos de odio dirigidos contra personas migrantes y diásporas, así como la información falsa y la desinformación, los estereotipos negativos y las narrativas engañosas que generan percepciones negativas sobre la migración y las personas migrantes, entre otras medidas mediante la revisión, elaboración y aplicación de la legislación, las políticas y las prácticas pertinentes, y promoviendo un discurso público basado en la evidencia, en colaboración con las partes interesadas relevantes, teniendo presente el papel y la contribución de las personas migrantes tanto como titulares de derechos humanos como agentes del desarrollo sostenible.

La Declaración finaliza con el compromiso también de proteger la libertad de expresión de conformidad con el derecho internacional, que prohíbe la incitación, el discurso de odio y la desinformación, reconociendo que un debate abierto y libre contribuye a una comprensión integral de todas las dimensiones de la migración

 
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